Preguntas frecuentes >> Responsabilidad y daños

 

Usando un secador de pelo sufrí una pequeña descarga eléctrica que me ha producido una quemadura en la mano. ¿Puedo solicitar una indemnización por daños?

Sí. La normativa establece que los consumidores tienen derecho a ser indemnizados por los daños o perjuicios que les pueda causar un producto industrial defectuoso y que el responsable de esos daños será el fabricante o importador del artículo.
Para solicitar la indemnización, usted debe dirigir una reclamación a los tribunales de justicia, que son los que deciden si hubo o no daño o perjuicio y a cuánto asciende la indemnización por ello.

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Dejé mi vehículo en un aparcamiento y me robaron el móvil que había dejado dentro. ¿Puedo exigir alguna responsabilidad?

Según la normativa, están cubiertos por el titular del aparcamiento, elementos como la carrocería del coche, los espejos retrovisores, las cuatro ruedas o la radio fija. En cambio, el consumidor no podrá exigir responsabilidades sobre ningún elemento del equipaje, por ejemplo, la radio extraíble, los teléfonos móviles, la rueda de repuesto o la caja de herramientas.

Eso sí, en caso de que el aparcamiento ofrezca un servicio de custodia, debe responsablilizarse de los objetos que hay en el interior de los vehículos, siempre y cuando el usuario informe de ello al titular del establecimiento.

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El otro día dejé mi coche en un aparcamiento y había un cartel en el que se indicaba que no se hacían responsables en caso de robo del vehículo. ¿Es esto legal?

No. El titular del aparcamiento debe responder de los daños y perjuicios que se ocasionen en nuestro vehículo si incumple total o parcialmente sus obligaciones de vigilancia y custodia. Por lo tanto, podemos poner una denuncia ante la Administración de consumo, puesto que no se puede colocar este tipo de carteles.

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El otro día sufrí una caída en un cine debido a la mala señalización de luces. ¿Qué responsabilidades puedo pedir?

Toda la responsabilidad de lo que le ocurra a un usuario dentro de un centro de ocio, como salas de fiestas, cines, bares, discotecas, etc, recae sobre el empresario. Éste está obligado por ley a suscribir un seguro de responsabilidad civil que le permita responder ante éstas y otras situaciones que afecten a sus clientes. La vía para reclamar sería acudir a los Tribunales Ordinarios de Justicia.

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Llevé una prenda a una tintorería. Cuando fui a recogerla, me dijeron que había desaparecido. ¿Puedo exigir que la paguen?

Si se ha anotado el valor de la prenda en el resguardo, la empresa deberá abonarle esa cantidad, en caso de pérdida o deterioro.
Si no se ha expuesto ese valor, podrá rellenar las hojas de reclamaciones en la tintorería, para intentar que le indemnicen. Recuerde que el establecimiento deberá quedarse con la copia rosa y usted tendrá que enviar la blanca, junto con la fotocopia del resguardo, al organismo competente, ya sea la Dirección General de Consumo, los servicios municipales de consumo o una asociación de consumidores.

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Llevé un vestido a una tintorería y cuando lo recogí estaba estropeado. Aunque se realizaron varias limpiezas para solucionar el problema, no se obtuvo un buen resultado. ¿Qué puedo exigir por dicho deterioro?

Si en el momento de la entrega del vestido en la tintorería, usted y la empresa fijaron un valor en concepto de indemnización por daños, deterioro o pérdida, se podrá cobrar esa cantidad. Si en el resguardo no se ha fijado ningún valor, debe reclamar en una oficina de consumo.

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Dejé una prenda en una tintorería y ahora tiene unas manchas que antes no tenía. ¿Qué puedo hacer?

Lo más importante es no sacar la prenda de la tintorería, ya que una vez que esté fuera del establecimiento, la empresa puede alegar que la prenda salió en perfecto estado. Si se detectan manchas que antes no había, la tintorería debe hacer una nueva limpieza de la prenda sin que esto le cueste dinero al consumidor, lo que significa que éste sólo abonará la primera limpieza. Si, realizada la segunda limpieza, siguen las manchas, el consumidor debe solicitar a los empleados del establecimiento las hojas de reclamaciones, rellenarlas allí mismo y quedarse con las copias blanca y verde. A continuación, debe mandar la copia blanca, junto con la fotocopia del comprobante de entrega o de la factura a la oficina de consumo. Si las dos partes, tintorería y consumidor, son del mismo municipio, puede acudir a la OMIC del municipio o enviarles la reclamación por correo. Si son de distintos municipios o no existe OMIC en su municipio, puede mandarla a la Dirección General de Consumo.

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Anoche hubo un apagón en la zona en la que resido y como consecuencia se me ha estropeado la comida que tenía en el frigorífico y el congelador. ¿Tengo derecho a solicitar que me reembolsen el importe de esos productos?

La compañía eléctrica está obligada a prestar sus servicios con una determinada calidad reglada normativamente. Cuando ésta no se cumple, la empresa eléctrica debe indemnizar en los tres primeros meses del año a los consumidores que hayan resultado perjudicados por esta falta de calidad en la prestación del servicio.

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La tensión que suministra la compañía eléctrica tiene oscilaciones de tensión de manera frecuente y se me han estropeado el ordenador y la plancha. ¿Cómo puedo reclamarlo?

La suministradora está obligada a prestar el servicio dentro de unos márgenes de tensión. Por norma, se permite una variación del +- 7% de la tensión contratada. En caso de que se supere esta oscilación y se produzcan perjuicios, evidentemente la responsabilidad será de la eléctrica.

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¿Qué debo hacer en caso de sufrir un daño personal o material mientras viajo en un autobús urbano?

En ese caso, el viajero debe comunicar inmediatamente tal circunstancia al conductor del vehículo. Si no lo hiciera, la reclamación posterior deberá acreditar fehacientemente que la lesión o daño se produjo en el autobús. En todo caso, los reclamantes remitirán a la oficina de Atención al Cliente de la EMT copia de la asistencia médica y del título de transporte utilizado.

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¿Me cubre algún seguro por el hecho de viajar en el autobús?

Las empresas de transporte están obligadas a tener contratado un seguro de viajeros con el fin de indemnizar debidamente los daños personales o materiales que se produzcan a los usuarios.

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Al subir al tren me tropecé y me caí. Como consecuencia de la caída me hice un esguince, ¿me cubre algo el seguro obligatorio de viajeros?

Sí. Según la legislación vigente, el seguro obligatorio cubre los accidentes que se puedan producir justo en el momento en el que el viajero entra o sale del vehículo por los lugares indicados.

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Llevé un traje a la tintorería y me lo han perdido. ¿En qué plazo me lo tienen que devolver? ¿A qué tengo derecho?

Se considera extraviada una prenda cuando, requerida por el cliente, no sea devuelta por la empresa prestadora de los servicios en un plazo de 30 días, a partir de la fecha prevista de entrega.

Tiene derecho a una indemnización cuya cantidad dependa de la valoración previa de la prenda objeto del servicio solicitado. Esta valoración deberá constar expresamente en el resguardo. Si no se hubiera efectuado dicha valoración, la indemnización deberá exigirse por los medios legalmente previstos.

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En el contrato que firmé figuraba una cláusula por la cual yo renunciaba a poder exigir indemnizaciones o reparaciones en el caso que el bien estuviera defectuoso.

Los derechos reconocidos en la Ley a favor de los consumidores son irrenunciables por lo que toda cláusula de renuncia de estos derechos debe ser reputada nula y, por tanto, tenerse por no puesta. De este modo usted podrá exigir la reparación del bien o su sustitución como si dicha claúsula no figurase en el contrato y ello con independencia de que la cláusula aparezca en letra pequeña o no.

No obstante, siempre es aconsejable que los consumidores lean todas las cláusulas antes de firmar y desconfíe de quien incluye este tipo de cláusulas en los contratos.

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No he llegado a un acuerdo con el vendedor, ¿debo acudir a los tribunales?

Una vez que no se ha podido llegar a una solución amistosa con el vendedor, una de las posibles vías que tenemos es emprender una acción judicial.

Para ello es conveniente que solicite asesoramiento a las asociaciones de consumidores o a abogados que nos indicarán todos los aspectos del proceso judicial que queremos iniciar.

A la hora de decidirnos por la vía judicial, debemos tener en cuenta que tendremos que adelantar los gastos de abogado y procurador cuando se intervención sea obligatoria. No será preceptiva su intervención en aquellos asuntos de cuantía interior a 900 €.

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Responsabilidad y daños (250.17)

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